Si usted no dispone de un usuario para acceder, puede registrarse haciendo clic aquí
Para consultar un trámite sin finalizar que se realizo sin estar autenticado, es necesario introducir el documento identificativo que se indico en el formulario.
ATENCIÓN: QUEMA DE INVIERNO A PARTIR DEL DIA 17 DE OCTUBRE.
El permiso de quema en invierno comprende el período del 17 de octubre al 31 de mayo, excepto domingos y días festivos. En Zonas de Alto Riesgo, desde la salida del sol hasta las 11 horas; y en Zonas de Riesgo Normal, desde la salida del sol hasta las 13:30 horas.
En el ámbito del núcleo urbano y urbanizaciones, queda EN SUSPENSO el Plan de Quemas durante todo el año, por tanto, no se otorgarán autorizaciones.
En las viviendas aisladas próximas o inmersas en ámbito forestal, se recomienda a sus propietarios evitar el uso del fuego para la gestión de los posibles restos agrícolas, durante cualquier época del año.
No se autorizarán quemas agrícolas en el nucleo urbano, urbanizaciones y viviendas aisladas en zona forestal.
Zona de Alto Riesgo: menos de 100 m. de la zona forestal y urbanizaciones
Zona de Riesgo Normal: 100-500 m. de la zona forestal
Se solicitará este permiso para:
- Quema de márgenes de cultivo o restos agrícolas (rastrojos) o forestales.
- Quema de cañar, cañizal o matorral ligados a algún tipo de aprovechamiento ganadero o cinegético.
La autorización se realizará como mínimo con 48 horas de antelación del inicio de la actividad, debiendo estar en posesión del impreso en el momento de la operación.
La declaración responsable se entiende autorizada desde el momento de su presentación.
La autorización tendrá una validez de 15 días (exceptuando domingos y festivos).
AVISO IMPORTANTE:
De acuerdo con la Orden de 2/3/2005 de la Conselleria competente en esta materia, quedarán prohibidas las quemas entre Jueves Santo y el lunes immediatamente siguiente al de Pascua (conocido como lunes de San Vicente), ambos incluidos.
Por Resolución de 10 de abril de 2020 del Director General de Prevención de Incendios Forestales (DOGV 8789) no está permitido realizar quemas agrícolas los sábados domingos y festivos)
Instancia específica
El objeto de la presente Ordenanza, es la regularización de los usos y costumbres dentro del ámbito rural que se vienen practicando en el Término Municipal de Alzira, con el fin de adaptarlas al marco social actual.
En todo el término municipal de Alzira queda terminantemente prohibida la adopción de las siguientes acciones:
- La quema de residuos de cualquier tipo.
- La realización de quemas en caminos públicos y en caminos particulares de más de un propietario.
- La realización de quemas en cauces de dominio público, así como en escorrentías y desagües.