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Aviso
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El permiso excepcional de quema comprende el período del 1 al 30 de junio y del 1 al 15 de octubre desde la salida del sol hasta las 11 horas, excepto sábados, domingos y días festivos.
EN ESTE PERIODO EL TRÁMITE PODRÁ REALIZARSE PRESENCIALMENTE EN LA CLAU, CON CITA PREVIA (citaprevia.alzira.es) O TELEMÁTICAMENTE, SI SE DISPONE DE CERTIFICADO DIGITAL VÁLIDO, EN CUYO CASO EL AYUNTAMIENTO DISPONDRÁ DE 72 H. DESDE LA PRESENTACIÓN PARA REVISAR LAS CONDICIONES DE LA PARCELA Y EN SU CASO DENEGAR LA AUTORIZACIÓN SOLICIDADA, PONIENDOSE PARA ELLO EN CONTACTO CON LA PERSONA INTERESADA.
Nose autorizarán quemas agrícolas en el núcleo urbano, urbanizaciones y viviendas aisladas en zona forestal.
Se solicitará este permiso para quemas de restos de poda agrícola de variedades tardías de cítricos.
La autorización se realizará como mínimo con 72 horas de antelación del inicio de la actividad, debiendo estar en posesión del impreso en el momento de la operación.
La declaración responsable tendrá una vigencia máxima de 15 días naturales.
Durante este periodo solo se autorizarán quemas de lunes a viernes desde el orto hasta las 11:00 horas, quedando prohibidas los sábados, los domingos y los declarados festivos y siempre que el nivel de preemergencia por riesgo de incendio forestal sea 1.
El nivel de alerta deberá ser verificado diariamente y previo al inicio de las labores de quema de restos agrícolas a través del servicio de emergencias 112 o su página web www.112cv.gva.es
No se podrán realizar quemas en aquellas parcelas o franja de parcela comprendida entre los 0 m. y los 30 m. de separación de la zona forestal, entendiendose como tal la montaña o el cauce de los rios y barrancos que discurren por el término municipal.
Las condiciones de quema serán en función de la ubicación de la parcela.
Normas específcas:
1. Área Homogénea de Gestión A
1.1 Zonas de máximo Riesgo (30 a 100 m. de suelo forestal): Siempre con quemador y mata chispas.
1.2 Zona General (101-500 m. de suelo forestal): Siempre con quemador, recomendable con mata chispas.
2. Área Homogénea de Gestión B
2.1 Zonas de máximo Riesgo (30-100 m. de suelo forestal): Siempre con quemador, recomendable con mata chispas
2.2 Zona General (101-500 m. de suelo forestal): Se recomienda quemador, pero se permite la hoguera si se cumplen las medidas de seguridad pertinentes.
Forma de presentación
Presencial Presentando la solicitud y documentación en la Oficina de Atención Ciudadana la Clau (C/ Rambla, nº 23), o en las demás formas que contempla el art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Cita previa Es necesario acudir a la Clau con cita previa: citaprevia.alzira.es
On-line Presentación en sede electrónica, con firma electrónica, en el siguiente enlace:https://sedeelectronica.alzira.es/PortalCiudadano
Observaciones
DIARIAMENTE, ANTES DE PROCEDER A LA QUEMA, SE DEBERÁ DE CONFIRMAR EL NIVEL DE ALERTA.
TAMBIÉN SE PODRÁ CONSULTAR EL NIVEL DE ALERTA, llamando al teléfono 962456269, o en la web www.alzira.es o www.112cv.gva.es.
En todo el término municipal de Alzira queda terminantemente prohibida la adopción de las siguientes acciones:
- La quema de residuos de cualquier tipo, incluidos jardinería)
- La realización de quemas en caminos públicos y en caminos particulares de más de un propietario.
- La realización de quemas en cauces de dominio público, así como en escorrentías y desagües.
Normativa
Decreto 98/1995, de 16 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el regalmento de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre.
Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, Forestal de la Comunidad Valenciana
Orden de 30 de marzo de 1994, de la Conselleria de Medio Ambiente, por la que se regulan las medidas generales para la prevención de incendios forestales.
El objeto de la presente Ordenanza, es la regularización de los usos y costumbres dentro del ámbito rural que se vienen practicando en el Término Municipal de Alzira, con el fin de adaptarlas al marco social actual.
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