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PADRÓN HABITANTES: Alta en el Padrón Municipal de Habitantes
PADRÓN HABITANTES: Alta en el Padrón Municipal de Habitantes
El Padrón Municipal de Habitantes es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio.
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.
El Ayuntamiento está facultado para solicitar documentación adicional acreditativa de la residencia habitual en el domicilio para comprobar la veracidad de los datos contenidos en el Padrón Municipal.
IMPORTANTE: Los documentos adjuntados a la solicitud se escanearán de los originales.
Documentación en vigor acreditativa de la identidad (Requerido)
Personas españolas: DNI o Pasaporte Personas de la Unión Europea: Tarjeta de Residencia, Pasaporte o Documento de identidad Personas originarias del resta de paises: Tarjeta de Residencia o Pasaporte
Documentación que acredite la propiedad (Requerido)
Formas de pago
Servicio gratuito.
Resolución
Plazo resolución
60 día/s
Forma de presentación
Presencial Presentando la solicitud y documentación en la Oficina de Atención Ciudadana la Clau (C/ Rambla, nº 23), o en las demás formas que contempla el art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Cita previa Es necesario acudir a la Clau con cita previa: citaprevia.alzira.es
On-line Presentación en sede electrónica, con firma electrónica, en el siguiente enlace:https://sedeelectronica.alzira.es/PortalCiudadano
Plazo Presentación
Durante todo el año.
Observaciones
Puede solicitarlo cualquier persona que resida en el municipio.
En caso de que en la vivienda en la que se solicita el alta figuren otras personas empadronadas, el Ayuntamiento podrá realizar las comprobaciones necesarias al respecto.
En caso de que la persona interesada que solicita el alta sea propietaria y titular catastral, el Ayuntamiento realizará las comprobaciones oportunas, sin necesidad de aportar documentación acreditativa al respecto.
Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Presidencia del INE y de la DG Cooperación Autonómica y Local, por la que se modifica la de 17 de febrero de 2020, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón municipal.
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