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ASOCIACIONES: Solicitud de subvenciones a las Asociaciones Vecinales
ASOCIACIONES: Solicitud de subvenciones a las Asociaciones Vecinales
Las Asociaciones Vecinales de Alzira, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, podrán solicitar una subvención al Ayuntamiento, cuando se publique la convocatoria en el BOP, que posteriormente deberán justificar.
Requisitos
La entidad solicitante deberá figurar debidamente inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones.
Firma con certificado de firma digital propio de la entidad solicitante.
Al efectuar la solicitud una persona jurídica, ésta deberá firmarse con el certificado de firma electrónica de la propia entidad.
ANEXO I. Presupuesto global de la Asociación. (Requerido)
El presupuesto global tendrá que detallar los ingresos y los gastos de la Asociación del año en que se pide la subvención. Los gastos diferenciarán, de modo resumido, las actividades, el mantenimiento y el equipamiento.
ANEXO II. Proyecto previsto para el año en curso. (Requerido)
El proyecto previsto tendrá que detallar los gastos indicados en el presupuesto global y especificar claramente: - Las actividades, que incluirán una descripción, la fecha prevista de realización y el público al cual van dirigidas. - Los gastos de mantenimiento, que detallarán un plan previsto por conceptos. - Los gastos de equipamiento, que indicarán posibles adquisiciones, el proveedor y el valor económico.
ANEXO III. Certificado de número de socios (Requerido)
Certificado expedido por la secretaría, con el Visto Bueno de la presidencia de la Asociación, en el que conste el número de socios inscritos correctamente en la misma.
On-line Presentación en sede electrónica, con firma electrónica, en el siguiente enlace:https://sedeelectronica.alzira.es/PortalCiudadano
Plazo Presentación
Una vez aprobada, por la Junta de Gobierno Local, la convocatoria de las subvenciones para las Asociaciones de Vecinales se publicarà en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el BOP.
El plazo para presentar la documentación para la solicitud de la subvención será de veinte días hábiles a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
Información adicional a la forma de presentación
Desde el 1 de febrero de 2020, las personas jurídicas (asociaciones, empresas) están obligados a relacionarse con el Ayuntamiento a través de medios electrónicos.
Recurso
Tipo de recurso
Recurso Potestativo de Reposición
Si no utiliza el anterior medio de impugnación, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Valencia, en el plazo de dos meses, a contar de la notificación.
Sin perjuicio de que si lo considera procedente utilice cualquier otro medio de impugnación en defensa de sus derechos.
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